RETO MÓDULO 3
MÓDULO 3
Como funcionaria del Ministerio de Seguridad Social, y habiendo ya hablado de ello en el Módulo 1, vuelvo a tocar el tema de las pensiones.
Por si alguien lo desconoce, las pensiones han presentado y siguen presentando a día de hoy una clara desigualdad entre la cuantía que reciben las mujeres respecto a la de los hombres, siendo la de estos últimos un 33% superior.
Ante ello quiero hablar de las políticas que se están llevando a cabo para tratar de igualar la brecha de género existente en las pensiones.
En el III Plan Estratégico para la Igualdad efectiva entre Hombres y Mujeres 2022-2025, una de las políticas recogidas y que a día de hoy está plasmada en el RD-ley 3/2021, es la reducción de la brecha de género en materias de seguridad social.
Dentro de esta política, en concreto quiero hablar del Complemento de pensiones para la reducción de la brecha de género, regulado en el art. 60 del TRLGSS, anteriormente llamado complemento por maternidad, al que se le incluyen ciertas modificaciones, pero que impulsado por el Ministerio de Igualdad, busca como expone en la ley, que las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad, tengan derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres.
Si hacemos un análisis de esta política:
En primer lugar, no considero que exista un impacto en los roles de género, pero sí los evidencia.
Si algo es totalmente objetivo son los datos, y la cuantía de las pensiones que reciben mensualmente un gran número de hombres y mujeres es claramente desigual, ya que como dije más arriba la diferencia entre una y otra pensión es del 33%. Todo ello consecuencia de las diferencias salariales entre hombres y mujeres y de las diferencias en los trabajos a los que se dedicaban ambos, siendo los de los hombres más cualificados y mejor remunerados.
En segundo lugar, en tema de accesos, creo que esta política no lo abarca, pues hablamos de pensiones y todo aquel que cumpla las condiciones para su obtención, antes o temprano, independientemente del sexo, le son reconocidas.
Para acabar de analizar esta política, decir que este complemento nace en 2016 denominado como complemento por maternidad, y solo podían obtenerlo, como bien indica su nombre, las madres. Ello fue llevado al tribunal de Justicia de la Unión Europea, que lo declaró como desigual e injusto para el hombre, pues podrían existir casos donde el hombre tuviese una pensión inferior a la de su mujer, y por tanto, ante esta situación, en 2021, se corrige desde el ministerio de Seguridad Social en colaboración con el ministerio de igualdad, y se comienza a llamar complemento por brecha de género.
Impacto:
Si cogemos los últimos datos obtenidos por Moncloa, el complemento brecha de género, llega actualmente a más de 190000 mujeres y se ha conseguido reducir la brecha de género en 5 puntos porcentuales.
En concreto, hay 40981 pensiones con este complemento por un hijo, 89777 por dos hijos, 38142 por tres hijos y 21173 por cuatro hijos, de todas estas pensiones un 94% corresponden a mujeres.
La tendencia es que la brecha se reduzca, siendo el objetivo deseado el 2%.
Puntos fuertes y debilidades:
Desde mi punto de vista, creo que la medida es bastante buena y coherente, aunque mejorable, dada la situación real de las diferencias económicas en el ámbito de seguridad social entre hombres y mujeres, además la mejora efectuada, aunque obligada por TSJE, en 2021, supone atacar sobre el origen de la brecha de género en las pensiones que genera con el nacimiento del primer hijo, ya que solo se percibía a partir del segundo y además, corrige el problema de regresividad que beneficiaba a las rentas más altas, pues se asocia el complemento brecha de género a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional.
Por último y en mi humilde opinión, si hubise que corregir algo, siento, que este complemento aunque corregido y habiendo introducido al hombre en la posibilidad de obtenerlo, sigue siendo desigual. Si ya se parte de la base que las mujeres tienen pensiones inferiores, no tiene mucho sentido poner tantas trabas en su acceso al hombre. Atendiendo a los datos, la mujer seguiría beneficiándose en un mayor porcentaje del mismo. No obstante, es un complemento que está en continua evolución y corrección.
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